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martes, 29 de julio de 2014

Indemnizaciones por despido que no tributarán a Hacienda








Nos congratula que el ministro Montoro se haya acercado a la opinión expresada el pasado día 24 en este blog por el Prof. Enebral Casares (Fernando; porque su hermano Manuel, ya fallecido tras penosa discapacidad progresiva, también publicaba opiniones ‘rompedoras’: como su teoría de la ‘termogravitación’ que atribuía las fuerzas gravitatorias a las temperaturas ‘específicas’ de cada cuerpo, y que todos los sucesivos descubrimientos astrofísicos parece que la confirman).
 
No obstante, publicamos hoy del mismo autor otro comentario que guarda relación y en alguna medida complementa el asunto: la tributación progresiva (art. 31.1 Constitución Española), en cuanto tiene su justificación en el propósito de ‘redistribuir las rentas’ por obligada ‘solidaridad existencial’, puede verse ‘desgravada’ en la medida que el contribuyente demuestre estar dando un destino eficientemente ‘social’ a sus ingresos (incluidas eventuales ‘indemnizaciones’ por diverso motivo).



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