Sobre la reforma tributaria (II): Supresión de la AEAT como Organismo Autónomo
“Decíamos anteayer…”
que, antes de zambullirnos en detalles
de una posible reforma del sistema tributario, convendría rectificar hábitos o situaciones que
parecen manifiestamente inconvenientes
en la
gestión de
los impuestos.
En este ánimo, hoy vamos a
hablar de la Agencia Estatal de
Administración Tributaria (AEAT) montada como
“Organismo
Autónomo” con patrimonio y funcionarios propios cuyos
sueldos y ascensos dependen de cuán ‘rigurosos’ sean con los ciudadanos; y
de la notoria disfunción que esto crea.
Sucede, en efecto, que
esta AEAT se financia, según el vigente art. 21 de la LPGE (Presupuestos Generales del Estado),
con el 5%
de “la recaudación bruta derivada de los actos de liquidación y gestión recaudatoria o
de otros actos administrativos”. Esto fue un
invento de José Borrell, ingeniero
aeronáutico y del que, por eso, se decía que “estaba
en la nubes”; pero invento realmente
nefasto,
porque viene a ser algo
así como
“la prevaricación y el cohecho institucionalizados”.
Borrell lo
introdujo como ‘incentivo’ para que los
de la Agencia se avispasen en recaudar más;
pero el efecto puede ser,
simplemente, que sus funcionarios hagan siempre
las interpretaciones
legales que mejor les convenga para exigir al ciudadano un plus del que
la Agencia se lleva el 5%... que ¡ya repercutirá en sueldos y
ascensos!...
Pero, cuando en
estos días se están aireando
posibles ‘comisiones’ de, por ej., el 3% sobre el importe de obras que se
adjudican (práctica que se decía ‘inauguró’ el alcalde socialista y masón Tierno Galván junto con algún túnel de
Madrid, y que luego se achaca recurrentemente a muchos), ¿no es este 5% un claro remedo de eso?
Y si tales aquellas ‘comisiones’ se tienen por prevaricación y cohecho, ¿no este 5%? ¿Tal vez porque… está en ley
consensuada por todos? El consenso y su traducción en ley no pasaría de ser, a juicio de cualquiera ecuánime,
una mera ‘institucionalización’ --como apuntábamos-- de un grave desvarío.
Por otra parte, semejante establecimiento arrastra a una disfunción
claramente ‘antisocial’
cuando se comprueba que todas las ínfulas inquisitoriales de la AEAT se dirigen
‘mayoritariamente’ (adverbio estadísticamente innegable) hacia los más vulgares ciudadanos
(que son ‘mayoría’): que, de hecho, son ‘presa más fácil’ que los grandes potentados que, asistidos
siempre por una recua interminable de leguleyos o picapleitos de alto copete,
‘complican’ demasiado y hasta acaban
saliendo indemnes. Pero no es justo que la
frustración de la Agencia por esto se
desquite arremetiendo contra los
más indefensos: pensionistas, artesanos, tenderos, variopinta
clase media… que además, ‘casualmente’, sostienen
la entera comunidad nacional.
El dislate se agiganta si atendemos a que la función tributaria se justifica
por la ‘redistribución’ de renta que haga: de
modo que, con
lo que se recaude, el Estado
pueda sufragar servicios
e instalaciones necesarias para esos mismos ciudadanos
‘normales’ que con tanta fruición la Agencia ‘persigue’.
Una ‘redistribución’
en la que ocupa destacado lugar el encauzamiento de las actividades económicas hacia aquéllas más beneficiosas y mejor desempeñadas para la comunidad, y ‘disuasión’
de las perniciosas o impertinentes.
Es decir: para dirigir,
por vía de impuestos, la vida económica necesaria para el país.
Y los acosos cobran dimensiones dramáticas cuando se
ejercen sobre
ancianos, a quienes se coloca fácilmente en
puertas del infarto por la indefensión e impotencia en que se ven, y
frente a los que se actúa casi con evidente alevosía y abuso
de autoridad por cuanto que el
anciano, si
recurre el acto, probablemente morirá antes que los tribunales lo resuelvan,
dado que será a éstos a los que habrá de acudir porque el mero jefe del funcionario casi
siempre va a dar la razón a su
subordinado… con que
llevarse bien para que no le incordie…
Es, por tanto, una doble aberración el que, por
la ‘zanahoria’ de ese 5% de participación en lo que liquide, la
Agencia se dedique exclusivamente a ‘recaudar’
con olvido de la función
por la que debe hacerlo: la defensa del débil, su asistencia social y, por tanto, la orientación a estimular la mejor y mayor productividad general como base indispensable
para cubrir lo anterior.
Pero es que, además, éste es uno
de los ejes de la reforma fiscal que
se anuncia: estimular la Economía para
reducir el paro. La cual reforma,
por tanto, abortará de raíz si se mantiene
el nefasto 5% sobre lo que
los de Hacienda ‘digan’ --ni siquiera ‘prueben’-- que haya que tributar o se
haya tributado ya (por ej., gracias a las ‘respuestas’ que la Agencia haya dado
a quienes le hayan ‘preguntado’, quizás ingenuamente, cuánto
tenían que pagar para que les dejase
en paz).
Y como, hoy por hoy, las decisiones de la AEAT son
fulminantemente ‘ejecutivas’, se oye mucho
lo de “si no está conforme, ¡recurra!”
(ella ya se lleva el 5% de lo que haya cuantificado).
Pues no. El contribuyente tiene ‘derecho’ a que se le administre
‘con justicia y equidad’: con ‘epiqueya’
(“interpretación
moderada y prudente de la ley, según las circunstancias de tiempo, lugar y
persona”); sin
obligarle a estar recurriendo a todo pasto… probablemente inútilmente. (Y
ahora, con las tasas de Gallardón que arruinan a quien acuda a los Tribunales,
pues… todavía peor).
Además, el sistema y gestión
tributaria de una Nación son la columna
vertebral de ella. Tienen excepcional importancia. Y por eso deben quedar en
manos exclusivamente profesionales, ajenas a
cualquier condicionante. Es decir, de funcionarios
de carrera en completa libertad paran aplicar criterios solamente
técnicos.
Y eso --creemos-- sólo puede asegurarse
si la Agencia Tributaria deja de ser un ‘Organismo Autónomo’ y se incorpora plenamente a la Administración
General del Estado. Nada de tener patrimonio propio costeado por todos, ni funcionarios
propios con sueldos especiales pagados por todos, ni financiarse ‘a comisión’ de
un 5% que hace sospechar que ya no persiguen los intereses generales del Estado
sino los suyos propios.
¿Quiénes protestarían por este paso de la Agencia a la
Administración General del Estado? ¿No serían solamente los propios empleados
de la Agencia? Hágase la prueba, y se comprobará.
Y de ser así, ¿no estarían con ello confesando que actúan por motivos
más allá de los técnicos y de los intereses generales de la Nación?
Incluso tal vez con esta incorporación
de la Agencia a la Administración General del Estado dejaríamos también de oír eso de “si firma usted su renuncia a recurrir la
liquidación, saldrá ganando”… ¿Por qué, o cómo?
Quizá porque la Agencia, funcionando
como ‘Organismo
Autónomo’ que gestiona sus propios
dineros (que provienen, por cierto, de todos los españoles), no quiere que recurran sus decisiones, y ofrece un
‘descuento’ a quienes se comprometan a no hacerlo. Pero
el TC (Tribunal Constitucional) por Sentencia del 26-04-1990 condena esta
práctica si ello encubre un ‘castigo’ a quien impugne. (Entenderíamos,
por ej., legítimo establecer un descuento ‘por
pronto pago’ ; pero jamás ‘por no
impugnar’. El derecho a la
propia defensa y recurso a tribunal superior nunca puede cohibirse).
En resumen: para
que la Agencia Tributaria recupere y mantenga prestigio y autoridad recaudatoria,
juzgamos absolutamente imprescindible que pierda su apariencia de prevaricación y cohecho institucionalizados por trabajar ‘a comisión’
de lo que recauda, y se incorpore a la Administración General del Estado
dejando de ser ‘Organismo Autónomo’.
Prof. Dr. Fernando Enebral Casares
NR.- La documentación que se aneja en cada notación de este blog puede recuperarse pinchando sobre ella. Si se usa I.Explorer habrá que "guardar imagen como..." en disco para luego, desde él, recuperarla para ampliar su tamaño hasta leerla. Si Mozilla, basta con pinchar sobre la imagen y seleccionar "ver imagen", desde donde se amplía hasta lectura. Esta documentación aneja es parte inseparablemente integrante de la 'noticia comentada'.
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