La LPH infringe el artículo 9 y el 14 y 24 de la Constitución y se ha convertido hoy en instrumento para el saqueo y hasta motivo de deceso de miles de ancianitos a los que se acosa ante la indiferencia judicial
En anteriores inserciones hemos recogido la transcripción
del artículo de 1993 titulado “Una ley que se
salta la Ley” y el de “El Principio de Legalidad”, en los que se criticaban los excesos ‘excepcionantes de otras leyes’, y de
diversos Principios de Derecho, en
que incurría la LPH (Ley de Propiedad Horizontal).
Fue ley que pretendía dar normas de convivencia precisamente ‘al
margen de’ un legalismo que se daba ¡por
supuesto! inasequible a vecinos ignorantes… Pero
que lo que consiguió con eso fue arruinar todo viso de ‘seguridad
jurídica’ y dar hoy pie a un aluvión
de corrupciones.
Ya con ocasión de la reforma de la LPH que
provocaron los administradores de fincas --haciendo una
especie de ‘referéndum’ callejero (qué casualidad,
su parecido con los que ahora proliferan) con el tremendo engaño popular de
preguntar: “¿quiere ud que los morosos paguen?”, pero callando
ladinamente que los que lo eran
es porque se negaban a que hubiese administradores que les estafasen--, planteó entonces
F.Enebral Casares al Defensor del Pueblo (Fdo. Alvz. de Miranda), con su triple colega (profesor, economista y
jurista)
Manuel
Funes Robert (más después, fallecido), la inconstitucionalidad de ella (por infracción de sus arts. 9, 14, 24, 33 ...).
Por ejemplo, sentaba la barbaridad jurídica de que fuese inmediatamente ejecutiva cualquier decisión que
adoptasen los condueños de un inmueble. Y así, literalmente, SI DECIDÍAN MATAR A ALGUIEN, QUE LO MATASEN…
porque ya para eso al muerto se le concedían luego 30 días de plazo para
protestar…
Mas esta atroz filosofía
--que sin duda escandalizaría y repugna a cualquier persona en sus cabales--, es
la que ha venido siendo incluso refrendada
por una judicatura ingenua, y
ha llegado a trascender
a otros ámbitos: no sólo el de la
Agencia Tributaria con su ‘paga, y después… ya veremos’, sino también a
ínfulas independentistas
actuales.
Porque la idea de que ‘BASTA que un grupo de gente tome UN ACUERDO
--por muy disparatado que pueda ser-- PARA que haya que EJECUTARLO’ y… ¡que
protesten luego!, es exactamente lo que hoy pretenden aplicar a escala
autonómica avispados enloquecidos copiando lo que desde 1960 vienen haciendo ‘administradores
de fincas’ en compadreo con ‘el president‘ de turno --como puede verse denunciado insistentemente
en diversas webs a lo largo de estos años-- , en las comunidades de propietarios.
E incluso peor,
claro: porque los residentes en una ‘autonomía’ ni siquiera son los ‘propietarios’
de ella, sino sólo sus vecinos.
E igual atroz filosofía --que
también seguían los del ‘positivismo’ jurídico (el ‘dios’ de los tiranos: el que le
basta a la ley con serlo para ser, por muy salvaje, sectaria,
inhumana y asesina que sea, y sin parar en cómo
se hizo (por ejemplo, a base de engañar),
‘la
verdad’ que cumplir...)-- es la misma que invoca hoy el ‘populismo’ de las ‘democracias asamblearias’ que pretenden suplantar el raciocinio de personas que han de estar bien informadas, por las
‘marabuntas’ (‘mareas’) de hormigueros
revueltos al dictado de un dictador…
Y es que, tanto la LPH como el independentismo exaltado OLVIDAN un principio sagrado en Derecho: el que un órgano (o grupo de gente) RADICALMENTE ‘INCOMPETENTE’
(es decir: ‘sin competencias para…’), adopta siempre decisiones TAMBIÉN RADICALMENTE
NULAS, es decir, ¡que no
existen! a efectos jurídicos.
Ignorar esto es convertir el
Estado ‘de
Derecho’ en un permanente Estado ‘de Atropello’.
Y tan esto es así que… la LPH parece haberse convertido hoy día en
insturmento de agresión contra la integridad física, psíquica , vital y patrimonial de las personas ya ancianas, ya enfermas, ya más débiles,
indefensas o desvalidas,… que sufren el
acoso constante y creciente de administradores de fincas que para su exclusivo lucro y para el de sus
secuaces (conscientes o inconscientes) inventan crecientes gastos para acabar
embargando pisos que luego revender… [ véase nuestro
comentario del pasado 27 agosto ]
…ante la
indiferencia de muchos jueces
para los que, por las campañas
costeadas por eso mismos administradores
corruptos [véase recorte de más arriba], “todo condueño es, por el mero
hecho de serlo, digno de
ser nunca
defendido y siempre condenado”.
Seguiremos con esto,
porque lo creemos un problema actual muy-muy grave, dado que afecta a MUCHOS MILES que
sufren el expolio en silencio…
Peso-Press
NB.- Se aneja también una
propuesta de 1997 (19 sept) que efectivamente fue recogida en la modificación
de la LEC que luego se hizo.
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