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jueves, 13 de octubre de 2016

La Ley de Propiedad Horizontal siempre ha burlado el Principio de Legalidad





También se transcribe a continuación, por creerlo igualmente de vigente interés aún, el comentario publicado en “YA” el 28 marzo 1995. (Los resaltes y subrayados se han incorporado ahora).

EL PRINCIPIO DE LEGALIDAD    [siempre burlado por la LPH]

La Constitución de 1978 consagra el principio  'de legalidad'  por el que venimos obligados a cumplir el ordenamiento jurídico (art. 9.1) y las leyes, las cuales, además, y de acuerdo con el de  'jerarquía normativa'  (art. 9.3), no podrán ser alteradas o derogadas si no es por otra ley  [de igual o superior rango],  conforme explican los artículos 1.2 y 2.2 del Código Civil. Y como la propia Constitución, en su art. 14, proclama la  'igualdad ante la ley',  tal sujeción abarca tanto a las personas fí­sicas como a las jurídicas, al gobernante como al gobernado, y a los juzgadores tanto como a los juzgados. Por eso ha llamado la atención, y provocado iras, el proyecto del Gobierno de exceptuar a sus miembros del régimen jurídi­co habitual, para ponerlos de por vida bajo el 'paraguas' del Tribunal Supremo. Como si se quisiera con ello indultar a algunos.

Sin embargo, no es sólo esta pro­puesta quien mani­pula al principio  'de legalidad'.  Por ejemplo, sobrevive hace 35 años un texto que bien se diría ajeno a ese mismo principio y al de  'jerarquía normativa'  y nadie lo denuncia. Es la norma cuarta del art. 16  [art. 18 actual]  de la LPH (Ley de Propie­dad Horizontal), que dice literalmente que los acuerdos contrarios a la Ley (así:  en afir­mativo categórico universal) o a los Estatutos (que gozan entre los comuneros de fuerza le­gal por el art. 5 de la misma LPH, y sólo pue­den variarse por unanimidad) serán impugna­bles, pero el acuerdo será provisionalmente  ejecutivo". Lo cual equivale a admitir que no serán  'nulos de pleno derecho',  o lo que es lo mismo: que cualquier junta de vecinos tiene  'competencia'  suficiente para  contravenir  al­guna  ley.  Es decir: se está equiparando a una vulgar reunión de copropietarios con el Parlamento, que es el llamado a modificar o dero­gar leyes.

Pero no paran aquí las cosas. Porque, a renglón seguido, esa misma LPH advierte que: "La acción -la de impugnación ante los jueces- deberá ejercitarse dentro de los treinta días siguientes al acuerdo o a la notifi­cación si hubiere estado ausente el que im­pugna." Y claro: si el que estuvo presente no cuenta desde ese mismo instante con el acta o, al menos, una certificación de lo que se acordó en la junta, mal podrá impugnar algo, pues que si lo hiciese los directivos de la co­munidad podrían luego redactar un acta sin citar ese acuerdo, de modo que al impugnador le condenarían entonces a costas por haber impugnado sin fundamento, repartiéndose tan ricamente ese dinero y sembrando pronto con ello el terror en los comuneros, que ya les dejarían las manos libres.

Incluso el turbio asunto de los  ‘subasteros'  (que se apropian, por sólo dos ochavos, de pi­sos embargados) podría provenir de que algu­nos contratan con amiguetes obras carísimas para después —además de cobrar la 'prima'— pedir unas 'derramas' tan altas que algunos comuneros no pue­dan pagarlas, em­bargarles entonces el piso y repartírse­lo luego.

Sea como fuere, sigue repugnando al principio 'de le­galidad' lo de to­mar por válidos acuerdos que in­frinjan la ley. Y quizá por esto el Tribunal Su­premo trata de mantener el texto alterándolo él mismo al interpretar que ha de permutarse el femenino 'la' por el demostrativo 'esta', y que hay que leer la frase como "contrarios a esta Ley (la propia LPH)" en vez de 'contra­rios a la Ley". Pero ni siquiera el Tribunal Su­premo está legitimado para cambiar la letra de las leyes.

Además, y tras la permuta dicha, este Tri­bunal ha sentenciado que si el acuerdo "con­trario a la ley" no se impugna en treinta días, se vuelve valedero; lo que parece también opuesto al principio 'de legalidad' y al de 'je­rarquía normativa'. Porque, si un órgano (tal como una junta de vecinos) es radicalmente incompetente para hacer leyes —porque las leyes las hace el Parlamento—, no creo que con el solo paso de un mes se vuelva 'Parla­mento'. Y si esto no pasó, sus infracciones le­gales lo seguirán siendo.

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