Nos complace que iniciado el juicio del caso Nóos la Abogado del Estado haya expresado una de las críticas ya publicadas por nosotros el 10 de enero del 2015
Respecto del juicio sobre el caso Nóos que se ha iniciado hoy, nos permitimos
remitir al lector a lo ya publicado por nosotros hace un año: el 10 de enero
de 2015.
De aquello reiteramos la crítica que hasta apuntaba un posible ‘fraude
(estafa) procesal’ en que hubiese podido llegar incluso a incurrir el juez
instructor al proponer al Tribunal de ahora,
como ‘delitos’, los que literalmente no existen en el Código Penal (como la idiotez (jurídica) ésa de que “Hacienda somos todos”).
También, nuestra extrañeza por el imperdonable olvido del ‘principio acusatorio’ que rige todo proceso penal, y que
es, en definitiva, fundamento que
el Tribunal Supremo ratifica ‘que existe’
(y NO que ‘se lo inventa’) en la llamada
‘doctrina
Botín’ (que no es tal ‘doctrina’,
sino innegable ‘realidad jurídica’
basada en el citado ‘principio acusatorio’:
si ni la víctima ni el Fiscal acusan, el juez instructor NO puede ‘inventarse’ él
--ni persona alguna-- acusación alguna).
No entenderíamos que
la Sala no admitiese este argumento.
Incluso algo más hubiésemos quizá añadido. Porque
siempre lo que más molesta es que alguien --sea
quien sea-- se crea en situación de poder tomarnos por
lelos, y decirnos negro lo que
meridianamente es blanco.
Prof.
Dr. Fernando Enebral Casares
Ldo. en Derecho,
Abogado del ICAM
Ldo. CC. Información, Periodista APM
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