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miércoles, 6 de enero de 2016

Una nueva norma electoral ingeniosa y que devuelva al Parlamento su dignidad de foro en que alumbrar entre todos nuevas soluciones eficientes en paz y justicia




Ya hemos apuntado los males que pueden aquejar a un sistema electoral que, por cumplir con las dos premisas que impone la Constitución en este asunto --que la circunscripción sea la provincia, y que se atiendan ‘criterios de representación proporcional’--,  utiliza como herramienta las listas ‘cerradas y bloqueadas’ para después aplicar el método D’Hondt de adjudicación de escaños entre los candidatos que figuran en las papeletas de cada partido (o coalición, o agrupación)  y según cuántas de ellas hubiese en las urnas.

Y también lo hemos hecho respecto del sistema que no es el que actualmente estamos usando, pero que parece mejor porque mantiene el protagonismo real del votante, y porque, además, facilita y se sustenta en lo más imprescindible en todas y cualesquiera formas de consulta popular: que el votante esté eficaz y, sobre todo, VERAZMENTE  informado sobre las opciones que se le proponen, y que, en cuestión de elegir representantes suyos, los  CONOZCA  mucho y bien.

Dijimos que, para cumplir con esto último, lo más lógico era que se empleasen demarcaciones PEQUEÑAS como unidades territoriales electorales y en donde, entonces, pudiese ser, y realmente lo fuese, sólo UNO Y ÚNICO el cargo a cubrir por los aspirantes propuestos igualmente DE UNO EN UNO para cada lugar, y poder así nombrar luego ganador al que más votos hubiese logrado (sistema mayoritario).

El reto, pues, es cómo lograríamos cohonestar esto último con las dos premisas constitucionales antes dichas. Porque a primera vista parece no ser fácil.

En este ánimo tantearemos lo siguiente:

El art. 23 de la vigente Ley Orgánica Electoral  prevé ya que las circunscripciones electorales (las provincias) se dividan enSecciones formadas por  no más de dos mil electores. Y que éstas se dividan, a su vez, en ‘Mesas’ (por ejemplo dos, de  mil electores cada una) para facilitar la cosa.

Y actualmente  es  efectivamente  en cada Mesa donde los votantes introducen la papeleta del partido (o agrupación) que escogen; y al final de la jornada se cuentan  las que hay de cada.

Este número es el que  se  suma con los logrados por el  partido  en el  resto de Mesas  (Mesas que, reiteramos, componen las Secciones que a su vez integran la circunscripción, que es la provincia), y estos TOTALES son los que se ordenan según el método D’Hondt para asignar qué candidatos ocuparán  (según el orden en que vienen en  las listas cerradas y bloqueadas que figuran en las papeletas)  los escaños que contenga esa ‘circunscripción electoral’ (= la provincia)

Y decíamos --y repetiremos-- que el problema está en que los votantes desconocen a los de esas ‘largas’ listas que, sin embargo, se tienen que tragar ‘de todas… todas’. Y eso lleva a que se desentiendan cada vez más de la política y sean  cada vez más  vulnerables  a engaños, demagogias, y oportunismos de farsantes de feria, y volubles, imprevisibles e inconscientes en lo que eligen (precisamente porque desconocen a los de tan ‘largas’ listas).

Pero: ¿qué pasaría si los partidos NO confeccionasen --como ahora hacen-- UNA  sola  papeleta  POR  PROVINCIA  que, por tanto, contiene TODOS  sus candidatos ,…  

SINO que hiciesen tantas DISTINTAS como ‘SECCIONES’ haya en esa provincia,  de modo que  EN CADA papeleta destinada A CADA Sección, ya sólo pusiesen DOS nombres?  Sólo DOS.  DE ENTRE los de la lista ‘cerrada y bloqueada’ actual.

Se trataría así  de  TROCEAR  la lista completa de candidatos de CADA  partido en la provincia, para que CADA elector sólo tuviese que  ELEGIR  papeleta de partido  en función de  COMPARAR  entre  sólo uno o dos  candidatos de CADA…, y en  CADA  Sección.

Y también, que  EL ORDEN  de  lista por la que luego  ir adjudicando  los escaños que  a cada  partido correspondiesen según  la regla D’Hondt, NO viniese YA dado por cada partido (como actualmente), SINO por  resultas  de  la propia VOTACIÓN.

(Porque --recordemos-- NO es D’Hondt  el malo, SINO el uso de listas ‘cerradas y bloqueadas’ para aplicarlo).

El proceso sería éste::

1/  Los candidatos que cada partido presente para ocupar el total de escaños que en la provincia hay que cubrir serán la suma de los que, de dos en dos proponga en cada Sección electoral.  Que sólo uno de los dos podrá repetirse, o no, en diversas Secciones en función del ‘tirón’, o no, que las encuestas les atribuyan. Y que  UNO  de los dos  el votante, al escoger ese papeleta de partido (que echará en la urna), podrá  TACHAR. 

Pero como TODAS  las papeletas se ‘SUMARÁN en el escrutinio, se sumarán también los dos candidatos de cada  Sección con los demás, y asi, efectivamente,  se reproducirá al final la misma lista completa que cada partido presenta actualmente en cada provincia (pero que hoy lo hace como cerrada y bloqueada’ y, además, repetida  igual  y entera  en cada Mesa y Sección , en vez de ‘troceada’ y, por tanto, diversa conforme aquí sugerimos). Aunque  la circunscripción (o unidad territorial electoral)  seguirá siendo  la provincia a efectos de número de escaños ofertados y del de candidatos para ocuparlos.

2/ - Detallamos: en cada  papeleta específica para cada Sección, de los dos nombres de candidatos que incluya  podrá repetirse, o no, alguno --pero no los dos--  de los de otras Secciones (por ser, por ejemplo, un Premio Nobel conocido por el común de la gente, o un héroe civil, científico o jurista famoso, o dirigente en cualquier ámbito social, etc.) . Se repetirá o no, en todo caso, en función de
encuestas prospectivas ad hoc.

3/ - Sea como fuere y por lo que fuere, pero esos DOS candidatos se habrán tenido que darse a  conocer  a los electores de la Sección electoral en que se presentan, y en la que habrán tenido también hacer difusión del programa que, con su partido, van a desarrollar. Habrán dado a conocer su currículo y sus demás detalles profesionales, sociales, y económicos; de forma que el votante tendrá una clara  y veraz  idea del prestigio que le merecen o no, y de si sabrán  poner en práctica  el programa del partido que les postula. ¡Se acabaron, entonces, por innecesarios,  los mítines masivos que ¡demasiado! nos recuerdan a Hítler! (Y, con éstos, se acabaron también los charlatanes de feria)

4/ - Cada elector de cada Sección emitirá su voto del siguiente modo: elegirá la PAPELETA DEL PARTIDO que escoja (igual que ahora).  Pero  --como hemos dicho--,  de los DOS nombres que figurarán en esa papeleta  (¡específica! para cada Sección), podrá  TACHAR  UNO  de ellos.

5/ - El escrutinio de cada Sección se hará (como ahora) contando las PAPELETAS que DE CADA  partido HAY en la urna. Pero, ADEMÁS, contando también, separadamente  (y para cada partido), las veces que CADA uno de los candidatos (recordemos que hay sólo dos en cada papeleta para esa Sección) haya sido VALIDADO (es decir, NO tachado).

6/ - El número de papeletas de CADA partido que se han encontrado en CADA urna de la provincia se suma (como actualmente) con el obtenido en TODAS las demás. Pero, ADEMÁS, se hará  OTRO TANTO  con las validaciones (veces NO tachado) que haya obtenido CADA candidato .

7/- Y es, por tanto, en este punto cuando comienzan mayores diferencias con el sistema actual.

Porque mientras ahora se hace UN cuadro provincial que refleja el número total de papeletas --de cada partido-- depositadas por los votantes en las urnas de la provincia,  en el nuevo sistema habrá que hacer (igual que actualmente)  un  PRIMER  cuadro  recogiendo  el número total de papeletas halladas  de cada partido.

Pero también un  SEGUNDO  cuadro que exprese, para CADA candidato de CADA partido, el porcentaje de veces que quedó SIN tachar en cada papeleta (de las de su partido) de las halladas en todas las urnas.  (Probablemente habría que estudiar para estos porcentajes algún coeficiente de corrección en función del número de  Secciones en que hubiese aparecido como candidato: porque, a “más veces que vaya el cántaro a la fuente, más fácil que se rompa”; o sea que, a más veces propuesto podría haber también mayor probabilidad de ser tachado más veces. Del mismo modo que, según encuestas realizadas, quienes mayor aceptación reflejasen, en más Secciones concurrirían quizá).

De esta forma, cada candidato tendría que estar respondiendo realmente ante las urnas de qué y cómo había hecho entre Elecciones, sin refugiarse bajo el paraguas de unas siglas. 

8/ - El cuadro global de número de papeletas de cada partido encontradas en el conjunto de urnas de la provincia, es (cono hasta ahora) el que  sometemos al ‘sistema d’Hondt  para averiguar  cuántos escaños  le habrá correspondido cubrir a cada partido. Con lo que se sigue cumpliendo el segundo precepto constitucional de atender “criterios de representación proporcional”.

9/ - ¡PERO! (y esto es lo importante)  mientras actualmente se ocupan  los escaños siguiendo el orden en que los candidatos de cada partido vienen listados de modo cerrado  y  bloqueado’ en la respectiva papeleta ‘provincial’, en el nuevo sistema, ANTES DE emparejar escaños con nombres, HAY QUE ‘ordenar’ los candidatos  según las  VALIDACIONES  (esto es, veces no tachados)  que CADA uno de ellos haya merecido REALMENTE por los electores.

Es decir: que si actualmente el orden del que echar mano para ir ocupando escaños  nos  lo  da  la  lista  cerrada  y  bloqueada, en el nuevo sistema  ESE ORDEN va a RESULTAR  de aplicar un ‘criterio mayoritario’: que el que más porcentaje de validaciones haya tenido, será EL PRIMERO de la lista en acceder al Congreso; y el SIGUIENTE en ese porcentaje,  siguiente; y ASÍ sucesivamente.

Repetimos: quien más veces haya sido ‘salvado’ en  la papeleta de partido que el votante introdujo en la urna, estará  mejor situado  en la lista para ir cubriendo los escaños que  a ese partido  correspondan; y sucesivamente;  hasta agotar el número de puestos  que a cada partido le adjudique el método D’Hondt .

Y véase que, ante esto, los partidos YA NO se podrán arriesgarse a que la gente NO escoja su papeleta por culpa de que los dos únicos candidatos que en ella figuren NO sean atractivos. Por lo que ya TODOS los candidatos habrán de ser ‘de campanillas’. Ninguno ‘de relleno’ ni de ‘colchón’.

10/ - Así, ya NADIE tiene ‘asegurada  el Acta de Diputado:  ni el propio dirigente máximo de cada partido. TODOS quedan sometidos al voto ciudadano del modo ‘libre, igual, directo’… que la Constitución exige, y que, hasta ahora, NO se cumple (porque ni es ‘libre’ cuando te endilgan una lista ya en un orden que, quieras o no, te tienes que tragar; ni es ‘igual’ porque es notorio que, v.gr., el último de esa lista no tiene probabilidad alguna de ser congresista; ni --mucho menos-- es ‘directo’, precisamente porque ninguna opción tiene el votante de decir, en concreto, ‘sí o no’ a éste o aquel candidato).

11/ - En cambio, con el nuevo sistema que apuntamos, estas infracciones ya no se dan.
Y no se dan,  precisamente porque YA NO tiene asegurado escaño NI SIQUIERA el ‘jefe’ del partido ganador.

Es POR LO QUE también ya habrá de cumplirse estrictamente el art. 99 de la Constitución, por el cual será el Rey quien, oídos los portavoces parlamentarios, “propondrá un candidato a la Presidencia del Gobierno” que YA NO tiene por qué ser un jefe de partido (que tal vez ni siquiera obtuvo escaño; ja,ja), y ni siquiera afiliado a partido; SINO simplemente persona de PRESTIGIO Y CONSENSO (consenso que se expresará en la sesión de investidura).

Quedan sin duda, y en fin, algunos flecos que precisar. Por ejemplo:

La actual  lista ‘cerrada y bloqueada’ ha de contener --según el art. 46 LO Electoral 1985-- tantos nombres como escaños haya para esa provincia. Sin embargo, el  RDL que reguló las primeras Elecciones en 1997, en su art. 20.2 no decía lo mismo, sino que habrían de ser como mínimo” igual a los escaños a cubrir (véase imagen al margen).

Es obvio que nos seguimos apuntando a esto último. Y hasta lo ampliamos aquí en este sentido:

La suma de candidatos que aparezcan en cada una (dos, en cada  una) de las papeletas preparadas por cada partido para cada una de las Secciones que componen la circunscripción PODRÍA SER incluso EL DOBLE del número de escaños a cubrir. De modo que el margen de elección ‘libre, igual, y directa’ que así tendrían los votantes sería MAYOR, porque habría ‘el doble’ de candidatos entre quienes elegir para cubrir los escaños de la respectiva circunscripción (o ‘provincia’). A LA POSTRE, los escaños se asignarían a quienes EN LA VOTACIÓN  los hubiesen merecido más; y, por tanto,  YA NO es necesario que ‘coincida’ el número de candidatos propuestos con el de escaños. Esta coincidencia sólo viene obligada cuando la lista de candidatos es ‘cerrada y bloqueada’.

Con esto, en fin, se intentaría resaltar que los candidatos propuestos  DEBERÍAN TENER  suficiente PRESTIGIO PROPIO  en los diferentes campos del saber y del hacer humano actual, Y NO  meros ‘comparsas’ serviles y aduladores, o exaltados ‘dogmáticos que sólo entienden de repetir como papagayos --rechazando cualesquiera razonamiento ajeno--  eslóganes trasnochados de incluso hace siglos…

Porque se nos antoja que sólo así lograríamos devolver al Parlamento su dignidad de foro de debate (sin ‘pactos de legislatura’) para alumbrar entre todos,  en honesta ‘complementación’, nuevas soluciones ingeniosas y eficientes en paz y justicia, en vez de la prostitución actual de haberse reducido a infantil Votamento.


 © Prof. Dr. Fernando Enebral Casares



 

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