Barbaridades tributarias 3) - Reducir el tipo máximo
Cuando hace dos años Hollande
propuso que las rentas del trabajo (sólo ellas) tributasen al 75% cuando
fuesen superiores a un millón de
euros, el Consejo Constitucional francés se lo echó abajo por
diversas --y discutibles-- razones ‘de planteamiento’, como --por
ejemplo-- que introducía una desigual aplicación tributaria al gravar ‘el trabajo’ y no ‘el capital’, o adscribirlo ‘al individuo’ y no a ‘la unidad familiar’, u otros tecnicismos. Pero --parece-- no al hecho
de una especial progresividad en sí en el impuesto. Puede
leerse, en imagen al margen, lo que dijo, en concreto, sobre el art. 12 de la
Ley de Finanzas para 2013 propuesta.
Compárese lo
argüido por el Consejo francés con
lo dicho aquí por nosotros el pasado
sábado 19, y se verá una substancial concordancia.
De ella se deducen,
por otra parte, nuevas precisiones.
En primer lugar, ya hemos dejado dicho el criterio fundamental por el que se justifica que el Estado nos quite lo que con tanto
trabajo --para el común de los mortales-- nos ha costado tener: el que si alguien no cumple por propia iniciativa con la exigencia ‘existencial’,
intrínseca en toda persona, de la Justicia Social
por la cual deberemos COMPARTIR lo
nuestro con aquellos que más que nosotros lo necesiten,
entonces --y
sólo entonces--, llegue el Estado y NOS LO HAGA
cumplir mediante
un régimen tributario
REDISTRIBUTIVO.
Pero ¿qué quiere
decir esto? Pues que --tal como apunta el Consejo Constitucional francés en su considerando
68 para inducir allí, acertadamente creemos, ‘carácter confiscatorio’
a un impuesto que no contemple desgravaciones-- LOS TRIBUTOS, en
cuanto que suplen
la inacción solidaria de los ciudadanos, MERECEN REDUCCIONES en
la medida que el contribuyente pruebe que está dando un destino socialmente eficiente a los bienes (dineros) que ‘administre’
(pues recordemos que “los bienes se
tiene como propios, pero han de ADMINISTRARSE como si fueren ajenos”).
Por tanto, el impuesto
sobre las rentas puede ser todo lo alto
que se juzgue oportuno para suplir
la inacción solidaria del contribuyente, pero… todo lo DESGRAVABLE
que corresponda cuando
pruebe su ‘acción eficientemente solidaria’.
Esto se ve --y se aplica-- todos los días, y fácilmente,
respecto de organizaciones que sin ánimo de lucro prestan valiosos servicios sociales. ¿Alguien, en su sano juicio,
gravará fiscalmente el dinero con
que cuente… pongamos… la Fundación Padre
Ferrer, o la Cruz Roja, o la Iglesia Católica u otras confesiones
religiosas, u ONGs, que demuestren
el destino socialmente eficiente de su capital humano y fiduciario?
Pues generalícese el criterio, y que los
funcionarios de Hacienda y Agencia
Tributaria también se ganen así dignamente el sueldo estrujándose sus
meninges en delimitar qué acciones de un supermillonario o una
superempresa merecerán desgravaciones por reputarse realmente ‘redistributivas’ de renta.
Pero el que no ‘redistribuye’,
… ¿a cuento de qué se le va a poner un máximo
tributario RIDÍCULAMENTE pequeño en comparación
con la ENORMIDAD de dinero que maneja?
Que a uno que gana más
de un millón se le grave con un 45%,
y que a quien gane dos mil (500 veces menos)
se le quite un 30% (tan sólo una
0,333 vez menos que al que
gana 500
veces más) es toda una barbaridad tributaria, se ponga uno como se ponga.
Porque al primero, un 75% (como sugería Hollande)
de su renta LE
SOBRA POR COMPLETO para su vida cotidiana, y ¡NI SE ENTERA! si se le
resta. Mientras que al segundo,
ese 30% LE
ALTERA POR COMPLETO su cobertura de necesidades legítimas (cuidados
de salud, formación cultural y laboral, contar con vivienda, atender una
familia, etc).
Por lo que un régimen
tributario en que el millonario
pague un 45% y el asalariado un 30% es seguro QUE NO es ‘redistributivo’. Y, por ende, es COMPLETAMENTE injusto e INJUSTIFICADO.
Y aplíquese también este mismo criterio, mutatis mutandi, a las empresas (desde las grandes multinacionales, a las pequeñas familiares unipersonales).
Porque los impuestos --recuérdese--
NO SON para ‘recaudar’, sino para ‘redistribuir’.
Prof. Dr. Fernando Enebral Casares
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